La mayoría quiere emprender… pero no tiene sistema

CÓDIGO DE ÉTICA COMERCIAL

EDI360

Versión 1.0
Fecha de vigencia: Marzo 1 de 2026

1. PROPÓSITO

El presente Código de Ética establece las normas de conducta que deben cumplir todos los afiliados de EDI360 en el ejercicio de actividades comerciales relacionadas con la promoción de la plataforma, sus herramientas digitales y su plan de compensación.

El objetivo es garantizar transparencia, legalidad y sostenibilidad del modelo.

2. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

Los afiliados de EDI360 deberán actuar bajo los siguientes principios:

  • Legalidad

  • Transparencia

  • Honestidad

  • Buena fe

  • Responsabilidad comercial

  • Respeto al consumidor

3. PUBLICIDAD RESPONSABLE

El afiliado se compromete a:

✔ Presentar información veraz y comprobable.
✔ Explicar claramente que se trata de un modelo de membresía con servicios digitales.
✔ Informar que los ingresos dependen del esfuerzo individual.

Está estrictamente prohibido:

❌ Prometer ingresos garantizados.
❌ Utilizar expresiones como “dinero fácil”, “retorno seguro”, “inversión garantizada”.
❌ Publicar cifras exageradas o no verificables.
❌ Manipular testimonios.

Toda comunicación debe ajustarse a la normativa colombiana sobre publicidad y protección al consumidor.

4. NATURALEZA DEL MODELO

El afiliado deberá dejar claro que:

  • EDI360 no es una entidad financiera.

  • No se captan recursos del público.

  • No se trata de un esquema de inversión.

  • Los ingresos provienen de la comercialización de servicios digitales y membresías activas.

5. CONDUCTA EN REDES SOCIALES

El afiliado:

  • No podrá usar logos o marca sin autorización.

  • No podrá crear páginas que aparenten ser oficiales.

  • No podrá emitir comunicados en nombre de la empresa.

  • No podrá difamar a competidores.

Las publicaciones deben reflejar profesionalismo y respeto.

6. RELACIÓN CON OTROS AFILIADOS

Se prohíbe:

  • Captar afiliados activos de otras líneas mediante prácticas engañosas.

  • Generar conflictos internos.

  • Desprestigiar a otros miembros.

La competencia debe ser ética y transparente.

7. PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

El afiliado debe:

  • Informar claramente costos y condiciones.

  • No ocultar información relevante.

  • Respetar el derecho de retracto cuando aplique.

  • No ejercer presión indebida.

8. PROTECCIÓN DE DATOS

El afiliado que recolecte datos personales deberá:

  • Obtener autorización previa.

  • No compartir bases de datos sin permiso.

  • Respetar la Política de Privacidad de EDI360.

  • Cumplir la Ley 1581 de 2012.

9. CONFLICTO DE INTERESES

El afiliado deberá:

  • Evitar actividades que perjudiquen la reputación de EDI360.

  • No promocionar modelos similares de manera simultánea utilizando la red construida dentro de EDI360.

10. PROHIBICIÓN DE PRÁCTICAS FRAUDULENTAS

Queda prohibido:

  • Crear cuentas ficticias.

  • Manipular registros.

  • Simular pagos.

  • Alterar información.

  • Realizar compras con fines exclusivos de manipular rangos sin actividad real.

11. SANCIONES

El incumplimiento podrá generar:

  • Advertencia escrita.

  • Suspensión temporal.

  • Retención de comisiones.

  • Cancelación definitiva de la cuenta.

  • Acciones legales si corresponde.

La empresa evaluará cada caso bajo criterios de proporcionalidad.

12. RESPONSABILIDAD INDEPENDIENTE

Cada afiliado actúa como independiente.

No existe relación laboral ni representación legal.

El afiliado es responsable de:

  • Declarar impuestos.

  • Cumplir obligaciones fiscales.

  • Cumplir normativa comercial colombiana.

13. CANAL DE DENUNCIAS

Cualquier conducta que viole este Código podrá reportarse al correo oficial:

[legal[@]edi360.click]

La empresa garantizará confidencialidad en la revisión de los casos.

14. ACEPTACIÓN

Al registrarse y activar su membresía, el afiliado declara:

✔ Haber leído este Código.
✔ Comprender sus obligaciones.
✔ Comprometerse a cumplirlo.